21 enero 2010

La Equidad comparada en la LOE y en la LEA

...mismo gato, diferente collar...hay que justificar las decenas de cargos públicos en la Consejería de Educación...

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
1. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo

ALUMNADO QUE PRESENTA NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español.

ALUMNOS CON INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

2. Alumnado de Compensación de desigualdades en educación
Personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.


LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
Se considera alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo:
- Aquel que presenta necesidades educativas especiales debidas a diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial;
- El que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorpore de forma tardía al sistema educativo;
- Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al que presenta altas capacidades intelectuales
- El alumnado que precise de acciones de carácter compensatorio.


Asimismo en MATERIALES tenéis las instrucciones que se siguen para confeccionar el censo de neae (antes nee). Básico tenerlo claro junto a esta clasificación que os pongo antes.

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